Archivo documental

Titulo
Comisión de Antonio de Guevara a Miguel de Cervantes Saavedra para moler el trigo que ofrecía Écija.
Fecha
1588-10-17
Lugar
Valladolid. Archivo General de Simancas. Libro de Contadurías generales, legajo 1.745
Texto

«Antonio de Guevara, del Consejo de Hazienda del Rey Nuestro

Señor, y su proveedor de sus armadas, galeras y fronteras.

Por quanto la ciudad de Ecija ha ofrecido servir a Su Magestad con

dos mill y quinientas fanegas de trigo y quinientas fanegas de cebada de

la cosecha de este presente año de quinientos ochenta y ocho para las

provisiones de mi cargo y que esto se sacase de los vecinos de dicha

ciudad, de cada uno la cantidad que conforme al repartimiento que por

ella se ha hecho se le obiere repartido, y para que el dicho trigo y ceuada

se recoja con la brebedad que conviene y se haga harina para las dichas

prouisiones, es necesario nombrar persona de diligencia y confianza que

saque, recoja y junte el dicho trigo y ceuada y lo muela en las moliendas

de la dicha ciudad, y la de Miguel de Çerbantes Sahavedra, comisario de

Su Magestad que por mi horden y comision asiste en la dicha ciudad a la

molienda de trigo que por cuenta de Su Magestad se muele en ella para

las dichas provisiones, es qual conviene, por la presente le nombro,

ordeno y mando que luego que esta comision le sea entregada, vea el

repartimiento que la dicha ciudad hizo del dicho trigo y ceuada, y saque

de los vecinos de ella las dichas dos mill y quinientas fanegas de trigo y

quinientas fanegas de ceuada, de cada uno la cantidad que conforme al

repartimiento se le obiere repartido, dandoles certificacion firmada de su

nombre a cada uno de la cantidad que asi se le tomare y sacare para que

con ella acudan ante mi que yo les mandaré pagar luego lo que

justamente ouieren de auer por ello, y todo lo que asi sacare lo hará

llevar y conducir a las moliendas de la dicha ciudad de Ecija y en ellas

hará moler el dicho trigo con lo demas de su cargo y el harina que de ello

procediere la inviará a esta ciudad de Sevilla a poder de Geronimo

Maldonado, thenedor de bastimentos y municiones en ella por Su

Magestad, para que la reparta entre los vizcocheros della para que la

labren en vizcocho para las dichas prouisiones, en todo lo qual pondrá

mucha diligencia y cuidado para que se haga con la brevedad que al

servicio de Su Magestad conviene por la precisa necesidad que de ello

hay, que para todo lo que dicho es y hacer las prisiones, embargos y

secrestos de bienes y todo lo demas a ello anejo y dependiente, le doy

poder y comision tan bastante como yo la tengo del Rey Nuestro Señor, y

por ser cosa de su real seruicio y tan importante a él, de su parte exorto y

requiero a todas y cualesquier justicias de la dicha ciudad de Ecija den y

hagan dar al dicho Miguel de Ceruantes el fauor y ayuda que fuere

menester y por su parte les fuere pedido, y mando a qualesquier

escriuanos hagan con él los autos y diligencias que convengan y de ello

le den testimonio so pena de cinquenta mill maravedis para gastos de las

dichas provisiones, y ha de tomar la razon de lo aqui contenido Miguel

de Oviedo, vehedor y contador por el Rey Nuestro Señor de las dichas

provisiones. Fecha en Sevilla a XVII de Octubre de mill y quinientos y

ochenta y ocho años.–Antonio de Guevara.–Tomó la razon.–Miguel de

Oviedo».

Sobrescrito
Legajo

CCG N 1745

Estudios

J. Morán, página 336, C. Pérez Pastor, tomo 2, número 41, E. Cotarelo y Mori,

Efemérides cervantinas…, página 127, L. Rius, Bibliografía crítica..., tomo 2, página 36,

K. Sliwa, Documentos..., páginas 185–86.]