Archivo documental

Titulo
​Fianza otorgada por Juan de Nava Cabeza de Vaca y Luis Marmolejo a favor de Miguel de Cervantes Saavedra, comisario del proveedor general Antonio de Guevara.
Fecha
1588-06-12
Lugar
Valladolid. Archivo General de Simancas. Libro de Contadurías generales, segunda época, número 1.267
Texto


«En la ciudad de Sevilla á 12 dias del mes de junio de 1588 años, en

presencia de mí Pedro Gomez, escribano de S.M. y de las provisiones de

sus galeras y armadas, de que es proveedor general Antonio de Guevara,

del su consejo, y testigos, paresció presente el licenciado Juan de Nava

Cabeza de Vaca, morador á la colacion de la Madalena en el dormitorio

de San Pablo, en las casas de Marco Ocaña; y Luis Marmolejo, en la

dicha colacion, en la calle de Cantarranas en la casa de Doña Juana de

Torres, vecinos de esta dicha ciudad, ambos á dos juntamente, de

mancomun, á voz de uno y cada uno, por sí é por el todo, renunciando

como renunciaron las leyes de la mancomunidad en forma é como en ella

se contiene, se obligaron por sus personas y bienes, que Miguel de

Cervantes Saavedra, residente en esta dicha ciudad, hará é usará bien, fiel

y diligentemente el oficio y cargo de comisario del dicho proveedor

general Antonio de Guevara en todos los casos y cosas que por él le

fueren encargadas, y acudirá con todos y cualesquier bastimentos,

pertrechos y municiones, dineros y otras cosas que se le dieren y

entregaren de la hacienda de S.M. á las partes y personas que se le

oredenare, y de todo ello dará buena cuenta, con pago, leal y verdadera, y

pagará todos y cualesquiera alcances que se le hicieren: demas desto

estará á derecho y residencia ante el dicho proveedor general, ó ante otro

cualquier juez que se deba dar, sobre razon de cualesquier demandas que

le fueren puestas en razon del dicho su oficio, y estará y se hallará

presente á la sentencia ó sentencias que contra él se hicieren y

pronunciaren, y pagará todos y cualesquier mrs. en que fuere condenado;

y en defecto de no lo hacer y cumplir ansi, quellos como sus fiadores y

principales pagadores, debajo de la dicha mancomunidad, y haciendo

como hacen de deuda agena suya propia, sin que sea necesario hacer

excursion ni otra diligencia contra el dicho Miguel de Cervantes, aunque

de derecho se deba hacer, darán la dicha cuenta y pagarán cualquier

alcance ó alcances que se le hicieren de lo susodicho llanamente; y

demas desto estarán y se hallarán presentes á la dicha residencia y

sentencias que en ella se dieren, y pagarán todos y cualesquier maravedis

en que fuere condenado: y para el cumplimiento de ello dieron su poder

cumplido á todas y cualesquier jueces y justicias, y especialmente al

dicho proveedor general Antonio de Guevara, á cuyo fuero y jurisdicion

se sometieron, y renunciaron el suyo propio, para que se lo hagan

cumplir y pagar como por sentencia difinitiva, pasada en cosa juzgada; y

renunciaron todas las demas leyes, fueros y derechos que sean en su

favor, con la general; y lo otorgaron asi por firme, y firmaron de sus

nombres, siendo testigo un hombre que se dijo llamar Francisco Ramirez,

oficial de cardero, é ser vecino de esta ciudad y morador al Caño–

quebrado, y Pedro Hernandez, criado del dicho Lic. Nava, que juraron en

forma de derecho conocer á los dichos otorgantes, y asimismo fue testigo

del otorgamiento con los susodichos Martin de Villa, criado de mí el

presente scribano.=Luis de Marmolejo.=El Lic. Nava Cabeza de

Vaca.=Ante mí: Pedro Gomez.

[, .]

Sobrescrito
Legajo

CMC 2EP N 578

Estudios

M. Fernández de Navarrete, páginas 413–14, E. Cotarelo y Mori,

Efemérides cervantinas…, páginas 124–25, L. Rius, Bibliografía crítica..., tomo 2,

páginas 23–24